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Banca Vecinal y debate obligatorio para candidatos a intendente de Centenario

La primera sesión de julio en el Concejo Deliberante de Centenario tuvo dos novedades que influirán a futuro en la política local, una es la posibilidad de los vecinos de integrar una banca y participar por 10 minutos de las sesiones, y la otra con un debate de candidatos a intendentes.

En los proyectos presentados por el bloque del MPN se establece que podrán participar de la Banca Vecinal aquellos vecinos y vecinas con domicilio en la ciudad de Centenario, que cumplan los requisitos para ser concejal y que representen personas físicas o jurídicas debidamente registradas.

Los interesados en acceder y hacer uso de la banca una vez por cada periodo legislativo ordinario deberán realizar la solicitud a través de la mesa de entrada del Concejo Deliberante mediante nota dirigida al presidente del Concejo Deliberante, detallando el tema a plantear.

El turno de acceso será el que surja del Registro de solicitudes presentados en mesa de entradas, y a través de la Secretaría Parlamentaria del Concejo le comunicará al interesado con una antelación no menor a los 10 (diez) días previos a la fecha de la Sesión Ordinaria.

Los expositores harán uso al final de cada sesión al momento de tratar “Otros Asuntos”. Se aceptará hasta un  expositor, haciendo uso de la palabra hasta un máximo de diez minutos.

Algo que deja en claro es que el lugar no podrá ser utilizado por funcionarios del Ejecutivo Municipal, Gobierno provincial o nacional, de sus reparticiones, en su calidad de tales durante su mandato.

Debate obligatorio para los candidatos

Se estableció la obligatoriedad de realizar debates preelectorales públicos entre los candidatos a Intendente de la ciudad de Centenario, oficializados por la Junta Electoral de la Provincia de Neuquén para las elecciones generales, con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas.

Aquellos candidatos que se ausenten al debate público y obligatorio serán sancionados dejando vacío el espacio físico que le hubiera sido asignado a fin de denotar su ausencia.

Las temáticas mencionadas en el artículo anterior se abordarán en una única instancia de debate, a llevarse a cabo en la Casa de la Cultura de la Ciudad de Centenario. El debate tendrá lugar dentro de los 20 y hasta los 7 días anteriores a la fecha de la elección general.

El moderador del debate debe ser un comunicador local de reconocida trayectoria que será seleccionado de común acuerdo entre los participantes. Las funciones del moderador serán: Explicar la metodología del debate. Presentar a los participantes. Introducir a las secciones. Hacer respetar los turnos y tiempos. Hacer respetar el reglamento del debate

El Poder Ejecutivo Municipal, designara como autoridad de aplicación de la presente norma a la Secretaria de Gobierno, o aquella que en el futuro la reemplace, la cual deberá garantizar que el debate sea transmitido en directo en las redes sociales municipales y señales radiofónicas y/o por cualquier medio que quiera transmitir el evento en directo y tendrán acceso al debate de forma gratuita previa acreditación, debiendo contar con diversos mecanismos de accesibilidad tales como lengua de señas, subtitulado visible, y los que pudieran implementarse en el futuro.

Durante la transmisión del debate se suspenderá la publicidad electoral en los servicios de comunicación audiovisual y los anuncios públicos de los actos de gobierno. Artículo 10: Ningún emisor podrá incluir contenidos, comentarios o alterar de cualquier forma el producto durante la emisión del mismo.

El debate será sin público, pudiendo los participantes determinar hasta un total de 5 (cinco) asesores, que podrán ingresar al evento, de común acuerdo teniendo en cuenta la capacidad edilicia del lugar del debate.

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