domingo, noviembre 10, 2024
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Condenan a funcionarios y empresarios por la explosión en la escuela de Aguada San Roque

La justicia determinó que todos sabían que no estaba terminada la obra y que, sin embargo, avanzaron en certificaciones de finalización cuando restaba concluir las correspondientes a la red de gas.

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A partir de la acusación del fiscal jefe de Cutral Co, Gastón Liotard, y de la fiscal del caso Gabriela Macaya, un tribunal condenó el martes 03 por unanimidad a tres funcionarios públicos y a dos integrantes de una constructora por su responsabilidad en la explosión y el posterior incendio en una escuela, que tuvieron como consecuencia directa la muerte de tres personas: Nicolás Francés, Mariano Spinedi y Mónica Jara.

El tribunal, integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Lisandro Borgonovo e Ignacio Pombo, consideró probado que todos los condenados, que tenían una tarea e intervención específica en el desarrollo de una obra de ampliación en la escuela albergue de Aguada San Roque, contribuyeron, por no haber ejercido controles que les correspondían o por haber omitido acciones que podrían haber modificado el curso de los hechos, a elevar el riesgo tolerable en la obra. También que todos sabían que no estaba terminada y que, sin embargo, avanzaron en certificaciones de finalización cuando restaba concluir, entre otras tareas, las correspondientes a la red de gas.

Sólo uno de los seis imputados al inicio del juicio, el ex subsecretario de Obras Públicas Roberto Vicente Deza, fue absuelto por el tribunal. Estaba acusado por el delito de administración infiel, a partir de haber firmado y habilitado los pagos sobre el total de la obra. Los jueces lo absolvieron porque en su caso puntual no se probó, justamente, que pudiera conocer que la obra no estaba terminada cuando había certificados que así lo indicaban.

Por el contrario, Carlos Córdoba, Raúl Capdevilla y Sergio Percat, también funcionarios de Obras Públicas pero con vínculo directo con la ejecución de los trabajos; y Héctor Villanueva y Diego Bulgheroni, imputados como integrantes de la empresa Arte Construcciones S.R.L, fueron declarados responsables de estrago culposo agravado por el resultado muerte, en concurso real con administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. En el caso de Percat, además, se lo condenó en concurso ideal con el delito de falsificación ideológica de documento público, a partir de fue quien certificó la finalización de la obra sin siquiera haber ido al paraje donde se estaba llevando adelante.  

La explosión

De acuerdo con la investigación desarrollada por el fiscal Liotard y la fiscal Macaya, junto al resto de los integrantes del Ministerio Público Fiscal de Cutral Co, el 29 de junio de 2021, el gasista matriculado Nicolás Francés junto a su sobrino Mariano Spinedi acudieron a la escuela-albergue 144, del paraje Aguada San Roque, donde realizaban tareas vinculadas con una obra en construcción. Prestaban servicios de manera irregular para la empresa que había ganado la licitación, Arte Construcciones S.R.L. Alrededor de las 13.50 se dirigieron junto a la docente Mónica Jara hacia un ambiente destinado al albergue de niñas, donde en forma inmediata a sus ingresos, se produjo una deflagración y posterior incendio.

Francés y Spinedi sufrieron quemaduras y fallecieron en forma inmediata; y en el caso de Jara, quien logró salir por una ventana, fue asistida y trasladada hacia la ciudad de Mendoza, donde falleció el 12 de julio de 2021. En el juicio se comprobó un accionar negligente del gasista, pero tal como lo aseguró el tribunal durante la lectura del veredicto de hoy, pero “esa responsabilidad de ninguna manera excluye las de control que estaban en cabeza de los acusados”.

Uno de los hechos probados en el juicio fue el origen de la deflagración: una fuga en una unión tipo “T” en el cielorraso, que derivó en una acumulación de gas en el techo y la explosión, cuando las víctimas ingresaron al lugar, a raíz de una chispa originada en la instalación eléctrica.

Previo al juicio fueron sobreseídos Fabio Antonio Luna, exdirector general de la Modalidad Rural del Consejo Provincial de Educación, y Patricia Delia Cressatti, directora provincial de Nivel Primario del mismo organismo. En ambos casos se les había imputado el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público. Otro imputado, E.H.A, obtuvo una suspensión de juicio a prueba y, en caso de cumplir las condiciones que se le impusieron, será sobreseído.

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