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Condenaron al conductor de la camioneta que provocó la muerte de Agustín Alvarado

El fatal hecho ocurrió en el Acceso Jaime de Nevares cuando se desprendió un carro e impactó contra la moto en la que iba el joven junto a otra persona que resultó con lesiones de gravedad.

Lucas Emanuel Echeverría fue declarado responsable por haber provocado la muerte de Agustín Alexis Alvarado y las lesiones graves que sufrió otra persona, como consecuencia de un incidente de tránsito ocurrido en Centenario. El veredicto se conoció el jueves 17, con la homologación de un acuerdo de responsabilidad alcanzado entre la fiscal del caso Lucrecia Sola, la querella y la defensa.

El hecho ocurrió el 5 de mayo de 2024, alrededor de las 21:30, sobre el acceso Jaime de Nevares, a la altura de la intersección con la calle Rural 20, en Centenario. De acuerdo con la investigación que llevó adelante la fiscal Sola, Echeverría conducía una camioneta Chevrolet S10 que llevaba enganchado un carro de fabricación casera. El sistema de sujeción no reunía las condiciones de seguridad necesarias y, durante la circulación, el carro se desprendió, cruzó hacia el carril contrario e impactó contra una motocicleta en la que circulaban las víctimas.

Como consecuencia del impacto, Alvarado murió en el lugar producto de politraumatismos y de un traumatismo de cráneo grave. Su acompañante sufrió múltiples lesiones, entre ellas traumatismos y fracturas, que le provocaron una debilitación de la salud y una inutilidad para sus tareas habituales por un período de al menos 60 días, por lo que fueron calificadas como graves.

Durante la audiencia, Sola explicó que la investigación reunió declaraciones testimoniales, informes policiales, pericias médicas, una autopsia y pericias sobre los vehículos y la dinámica del accidente. Entre otros elementos, mencionó la declaración de una testigo presencial, quien observó cómo el carro se desprendió de la camioneta e invadió el carril por el que circulaba la motocicleta.

También se incorporaron los testimonios de tres personas que viajaban junto al condenado, además de las actuaciones realizadas por personal policial de la División Tránsito de Centenario y los registros del Centro de Operaciones Policiales.


Fabricación casera

En cuanto a las pericias, la Fiscalía destacó el informe mecánico realizado sobre la camioneta, el carro y la motocicleta. El estudio determinó que el carro era de fabricación casera y presentaba deficiencias en el sistema de enganche. A su vez, la pericia accidentológica estableció la dinámica del siniestro y concluyó que el desprendimiento del carro y su posterior invasión del carril contrario se originaron en la forma negligente y antirreglamentaria en que era transportado.

Echeverría reconoció durante la audiencia que conducía de manera negligente al trasladar el carro sin las condiciones de seguridad necesarias y aceptó su responsabilidad por el hecho. La defensa, en tanto, confirmó el acuerdo y precisó que la responsabilidad no sería discutida, pero sí quedarán pendientes la pena y su modalidad de ejecución.

La jueza Carina Álvarez consideró que el acuerdo estaba debidamente fundado y que, además del reconocimiento realizado por Echeverría, existía evidencia suficiente para acreditar tanto la materialidad del hecho como su intervención como autor. Por eso, homologó el acuerdo y declaró su responsabilidad penal como autor de los delitos de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones graves culposas, agravados por la conducción negligente y antirreglamentaria. 

En una próxima audiencia se deberá discutir la pena a imponer, ya que las partes no acordaron el monto ni la modalidad de ejecución.

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