La Moratoria en Centenario entrará en vigencia a partir del 1 de junio luego de que esta fuera vetada por el Ejecutivo Municipal tras ser sancionada por el Concejo Deliberante en noviembre de 2025, tras el rechazo, los concejales por unanimidad volvieron a dejarla firme mediante la Ordenanza N°10.389 en marzo de este año.
El proyecto había sido impulsado por los ediles de Comunidad, Lucías Matas y Sebastián Krapp, establecía el Régimen de Regularización Tributaria para el primer y segundo semestre, en este último entrará en vigencia. Lo que no sucedió en primera instancia, la promulgación, evitó que vecinos pudieran cancelar las deudas en determinados impuestos municipales mediante las diferentes opciones de pago, que ahora si se implementarán.
Muchos de los casos terminaron judicializados y con notificaciones por parte de abogados capitalinos en representación del municipio. El plan tendrá una duración única de 60 días corridos, extendiéndose hasta el 30 de julio de 2026 inclusive, y permitirá regularizar obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2025.
Comprende deudas originadas por tasas por servicios a la propiedad inmueble —con excepción del alumbrado público—, tasas por derecho de inspección y control de seguridad e higiene de actividades comerciales, industriales y de servicios, patentes de rodados, derechos de cementerio, multas, deudas en gestión extrajudicial y también obligaciones vinculadas a mensuras y convenios de obras ejecutadas bajo la modalidad de contribución por mejoras a frentistas.
Asimismo, la normativa establece que cuando se opte por planes de pago en cuotas superiores a 20 mil pesos, los contribuyentes deberán declarar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su titularidad para autorizar el débito automático de las cuotas correspondientes. En caso de utilizar una cuenta de terceros, se deberá presentar una autorización con firma certificada del titular. Para planes inferiores a ese monto, el contribuyente podrá optar entre débito automático o abonar mediante efectivo, tarjeta de débito o crédito en los puntos habilitados.
La ordenanza también dispone la obligatoriedad de mantener actualizados los datos de contacto y constituir domicilio fiscal en la ciudad, incluyendo domicilio electrónico y números telefónicos, con el objetivo de agilizar notificaciones y comunicaciones administrativas.












