A partir del pedido formulado por el fiscal del caso Manuel Islas, un tribunal colegiado declaró la responsabilidad penal de un hombre, D.T.P., por abusos sexuales cometidos contra una niña que formaba parte de su entorno familiar. Los jueces Raúl Aufranc, Mauricio Macagno y Richard Trincheri consideraron probada la acusación de la fiscalía, aunque descartaron el agravante de la guarda.
En ese marco, resolvieron declarar al imputado penalmente responsable por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, todo en carácter de autor.
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, los hechos ocurrieron en una vivienda de la ciudad de Centenario, entre los años en que la víctima tenía entre 9 y 11 años de edad. El imputado convivía en el mismo lote familiar y, en distintas oportunidades, quedó a cargo de la niña y de sus hermanos cuando los adultos no se encontraban en el hogar.

Durante el juicio, el fiscal explicó que los abusos se produjeron de manera reiterada y bajo distintas circunstancias, aprovechando la situación de confianza y la relación de convivencia que el imputado mantenía con la familia. Además de Islas, en el juicio y en la audiencia de ayer participaron Vanesa Muñoz y Guillermo Prime, ambos asistentes letrados de la unidad fiscal de Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales.
Al fundamentar la decisión, los jueces señalaron que, si bien el condenado presenta un retraso madurativo leve, esa condición no le impidió comprender la criminalidad de sus actos. Sí aclararon que será un aspecto a considerar al momento de definir la pena, ya que implica una situación de “imputabilidad disminuida” dentro de la escala penal de 8 a 20 años de prisión prevista para los delitos probados.