miércoles, octubre 22, 2025
spot_img
spot_img

Transfemicidio de Azul Semeñenko: el acusado quedó en prisión preventiva 

El hecho fue cometido en una vivienda y Roberto Sánchez la agredió de 25 puñaladas.

spot_img

El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos a Roberto Daniel Sánchez, un gomero de 59 años al que le atribuyó haber asesinado a Azul Semeñenko mediando violencia de género y motivado por el odio hacia su identidad de género. La acusación la realizaron hoy por la mañana el fiscal jefe Agustín García junto a la fiscal del caso Guadalupe Inaudi y la asistente letrada Agustina Jarry, en una audiencia en la Ciudad Judicial, y en la que pidieron que el acusado permanezca detenido con prisión preventiva mientras avanza la investigación.

El hecho fue cometido el 25 de septiembre pasado, de madrugada, en la casa del acusado: Copahue al 1.100 del barrio Belgrano, en la capital provincial. De acuerdo con la información preliminar recolectada por el MPF y el departamento de Seguridad Personal de la Policía provincial, la víctima era una mujer trans que ofrecía servicios sexuales. El día del hecho, alrededor de las 1.40, fue abordada por el acusado en la esquina de Félix San Martín y Santa Cruz, desde una camioneta Ford Ranger y bajo el aparente propósito de mantener relaciones sexuales.

Luego, fueron hacia la casa del imputado donde la atacó: le dio “múltiples golpes con elementos contundentes, los que le produjeron fracturas en la región maxilar izquierda y maxilar inferior, fractura de antebrazo izquierdo y lesiones por fuerza contundente en la región frontal y cráneo-facial”, según describió la fiscal del caso. “También la atacó con un arma blanca, produciéndole  -al menos- 25 heridas punzocortantes, 14 de las cuales estaban en la zona del tórax y abdomen, que le provocaron la muerte por un shock hipovolémico agudo por hemorragia masiva interna”, precisó la fiscal, y encuadró los hechos en el delito de homicidio triplemente calificado: por ensañamiento, y por odio a la identidad de género y por haber sido cometido por un hombre a una mujer mediando violencia de género (artículo 80, incisos 2, 4 y 11 del Código Penal), en calidad de autor (artículo 45 del Código Penal).

Inaudi relató que al día siguiente, también durante la madrugada –aproximadamente a las 3:50, el imputado trasladó el cuerpo en la camioneta hacia el canal de desagüe, ubicado en calle Pergamino casi Trenque Lauquen, en el que lo descartó. “Allí, el 14 de octubre a las 17:40, fue hallado por personas que paseaban por el lugar”, añadió la fiscal.

La evidencias

Tras precisar la teoría de lo que ocurrió entre el 25 y el 26 de septiembre, Inaudi describió los detalles de las evidencias que condujeron al allanamiento en el que, realizado el sábado 18 de octubre, se dispuso la demora y posterior detención del imputado. El relevamiento de cámaras de seguridad que registraron la secuencia desde que el acusado llegó al lugar en el que la víctima se subió al vehículo; el trayecto hacia el domicilio del imputado y, allí, con una cámara privada, el descenso de ambos y el ingreso a la casa. De allí también, el registro de cómo luego el imputado acercó la camioneta al ingreso de la vivienda, cargó algo y se dirigió, también registrado por las cámaras, al lugar en dónde se encontró el cuerpo.

En el allanamiento del sábado se hallaron registros de sangre humana en distintas parte de la casa y la camioneta, una sábana y una funda de almohada. También se secuestró un sistema de cámaras de seguridad del propio imputado, un cuchillo de doble filo, un hacha y un machete.

Inaudi describió que la investigación permitió verificar las circunstancias de vulnerabilidad de la víctima, por su condición de mujer trans y por ejercer el trabajo sexual en la vía pública, una ausencia de redes de contención y por atravesar una situación de consumos problemáticos de sustancias.

La autopsia

La fiscal del caso destacó la importancia del informe realizado por los médicos forenses, quienes concluyeron que las lesiones en el cuerpo de Azul Semeñenco presentan características de “muerte violenta tipo overkill”, definida como aquella en la que el número, localización y severidad de las heridas exceden las necesarias para producir la muerte. “Citan bibliografía forense y estudios sobre homicidios en víctimas LGBTIQ+, femicidios y crímenes de odio, señalando que este patrón se observa con frecuencia en homicidios por prejuicio o violencia de género y crímenes de odio”.

Tras escuchar a las  partes, el juez de garantías Juan Manuel Kees descartó para la instancia actual la teoría de la defensa, que propuso un homicidio en emoción violenta y esbozó una versión alternativa de los hechos, y tuvo por formulados los cargos tal como los presentó la fiscalía y fijó el plazo de la  investigación en 4 meses.

Prisión preventiva

Tras la formulación de cargos, el fiscal jefe Agustín García afirmó que en el caso se dan los riesgos procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

Argumentó que el acusado ha “modificado y destruido evidencia” y se ha sustraído del accionar de la Policía y del Poder Judicial, y afirmó que la única forma de contrarrestarlos es disponer la prisión preventiva por 8 meses.  

En ese punto, el juez también coincidió respecto de los riesgos procesales y en la medida de coerción solicitada, descartó las medidas alternativas propuestas por el defensor y ordenó que el imputado permanezca detenido preventivamente por el plazo indicado por el fiscal jefe.

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img